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¿Quiés un gran tenedor de viviendas?

¿Quiés un gran tenedor de viviendas?

¿Quiés un gran tenedor de viviendas?

Un gran tenedor de viviendas es una figura jurídica que se ha introducido en la legislación española en los últimos años. Se refiere a una persona física o jurídica que es propietaria de un número significativo de viviendas o de una superficie construida considerable. El concepto de gran tenedor de viviendas ha adquirido relevancia debido a la necesidad de regular el mercado de alquiler y proteger el derecho a la vivienda.

Según la Ley 12/2023, a nivel estatal, se considera gran tenedor de viviendas a:

Aquella persona física o jurídica que sea titular de más de 10 inmuebles urbanos residenciales, excluyendo garajes y trasteros, o que posea una superficie construida de más de 1.500 m2[1].

Sin embargo, es importante tener en cuenta que las comunidades autónomas tienen la facultad de establecer regulaciones específicas para entornos de mercado tensionado, lo que puede llevar a variaciones en la definición de gran tenedor de viviendas en cada región.

Por ejemplo, en Cataluña, la Ley 24/2015 establece que se excluye de esta categoría a los promotores sociales y a las entidades sin ánimo de lucro. Además, para las personas físicas, se eleva el umbral a más de 15 viviendas[2]. Estas diferencias entre la definición estatal y la autonómica han generado confusión y litigiosidad en la interpretación del concepto de gran tenedor de viviendas.

Es importante destacar que el conflicto normativo entre la legislación estatal y autonómica refleja la compleja distribución competencial entre el Estado y las comunidades autónomas en materia de vivienda. Aunque las medidas estatales pueden condicionar el ejercicio autonómico, deben interpretarse de manera restrictiva para no vaciar la competencia autonómica[3].

En resumen, un gran tenedor de viviendas es una persona física o jurídica que posee un número significativo de viviendas o una superficie construida considerable. Sin embargo, la definición exacta puede variar dependiendo de la legislación estatal y autonómica, lo que ha generado discrepancias y litigiosidad en la interpretación de este concepto.

[1]: Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda.
[2]: Ley 24/2015, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética.
[3]: Constitución Española, artículo 148.

Desahucios Hipotecarios: Procedimiento a seguir

Desahucios Hipotecarios: Procedimiento a seguir

Desahucios Hipotecarios: Procedimiento a seguir

 Introducción

 

En el ámbito de los desahucios hipotecarios, un reciente fallo del Tribunal Supremo ha sentado un importante precedente. La sentencia, numerada como 443/2024 y fechada el 2 de abril, aborda un aspecto crucial del proceso: cuando el acreedor se adjudica la vivienda hipotecada, el desalojo de los anteriores propietarios debe solicitarse dentro del mismo procedimiento de ejecución hipotecaria. Este fallo tiene grandes implicaciones para diversos actores, incluyendo a las entidades financieras, los acreedores hipotecarios, los profesionales legales especializados en derecho inmobiliario y procesal, así como para los deudores hipotecarios y los grupos de defensa de los derechos a la vivienda. En este artículo, profundizaremos en los detalles del fallo del Tribunal Supremo, su impacto y el contexto más amplio de protección a los deudores hipotecarios vulnerables.

 

El Fallo del Tribunal Supremo

 

El fallo del Tribunal Supremo aclara el procedimiento para desalojar a los anteriores propietarios después de que el acreedor haya adquirido la propiedad hipotecada. Según el fallo, no es posible iniciar un proceso de desahucio verbal separado después de la adquisición por parte del acreedor. Esta táctica podría ser utilizada de manera fraudulenta para eludir las medidas de protección establecidas para los deudores hipotecarios vulnerables, tal como se establece en la Ley 1/2013. También es importante destacar la interpretación del artículo 675.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Este artículo establece un plazo de un año para solicitar el desalojo, pero solo se aplica a ocupantes que no sean los deudores originales.

 

En esencia, el Tribunal Supremo enfatiza que el desalojo de los deudores debe llevarse a cabo respetando todas las garantías del proceso de ejecución hipotecaria, sin recurrir a atajos procesales. Este fallo sirve como salvaguardia contra posibles abusos y asegura que los derechos de todas las partes involucradas estén protegidos.

 

Implicaciones para las Entidades Financieras y los Acreedores Hipotecarios

 

Las entidades financieras y los acreedores hipotecarios desempeñan un papel fundamental en el proceso de ejecución hipotecaria. El fallo del Tribunal Supremo tiene implicaciones significativas para estas entidades. Refuerza la importancia de adherirse a los procedimientos legales adecuados y evitar cualquier intento de acelerar los desalojos a través de procedimientos separados. Al exigir que el desalojo se solicite dentro del proceso de ejecución hipotecaria, el fallo garantiza que todas las partes tengan una oportunidad justa y transparente de presentar su caso. Esto contribuye a mantener la integridad del proceso de ejecución hipotecaria e infunde confianza en el sistema legal.

 

Impacto en los Profesionales Legales en Derecho Inmobiliario y Procesal

 

Para los profesionales legales especializados en derecho inmobiliario y procesal, el fallo del Tribunal Supremo brinda claridad y orientación en el manejo de casos de ejecución hipotecaria. Subraya la necesidad de comprender y adherirse a los procedimientos legales correctos para proteger los derechos de todas las partes involucradas. Al exigir que el desalojo se solicite dentro del proceso de ejecución hipotecaria, el fallo elimina la posibilidad de abuso o manipulación del sistema. Esto asegura que los profesionales legales puedan navegar por las complejidades de los desahucios hipotecarios con confianza, sabiendo que están siguiendo el marco legal establecido.

 

Protección de los Derechos de los Deudores Hipotecarios

 

Los deudores hipotecarios, especialmente aquellos que enfrentan dificultades financieras, suelen ser vulnerables durante el proceso de ejecución hipotecaria. El fallo del Tribunal Supremo sirve como una salvaguardia vital para estas personasy grupos de defensa de los derechos a la vivienda. Al exigir que el desalojo se solicite dentro del proceso de ejecución hipotecaria, se garantiza que los deudores hipotecarios tengan la oportunidad de presentar su caso y defender sus derechos de manera adecuada. Esto evita que sean desalojados de manera injusta o sin el debido proceso legal.

 

Además, el fallo del Tribunal Supremo refuerza la importancia de las medidas de protección establecidas en la Ley 1/2013, que busca salvaguardar los derechos de los deudores hipotecarios en situaciones de vulnerabilidad. Estas medidas incluyen la posibilidad de renegociar las condiciones de la hipoteca, la suspensión de lanzamientos y la dación en pago, entre otras. El fallo del Tribunal Supremo fortalece la aplicación de estas medidas al asegurar que los desalojos se realicen dentro del proceso de ejecución hipotecaria, donde se pueden considerar todas las circunstancias y se pueden aplicar las medidas de protección correspondientes.

 

Preguntas Frecuentes (FAQ)

 

1. ¿Cuál es el fallo del Tribunal Supremo que aborda la adjudicación en los desahucios hipotecarios?

 

El fallo del Tribunal Supremo, numerado como 443/2024 y fechado el 2 de abril, establece que el desalojo de los anteriores propietarios debe solicitarse dentro del mismo procedimiento de ejecución hipotecaria cuando el acreedor se adjudica la vivienda hipotecada.

 

2. ¿Por qué es importante este fallo del Tribunal Supremo?

 

Este fallo es importante porque clarifica el procedimiento para desalojar a los anteriores propietarios después de que el acreedor haya adquirido la propiedad hipotecada. Evita que se utilicen tácticas fraudulentas para eludir las medidas de protección establecidas para los deudores hipotecarios vulnerables.

 

3. ¿Cómo afecta este fallo a las entidades financieras y los acreedores hipotecarios?

 

El fallo del Tribunal Supremo refuerza la importancia de adherirse a los procedimientos legales adecuados y evitar cualquier intento de acelerar los desalojos a través de procedimientos separados. Garantiza que todas las partes tengan una oportunidad justa y transparente de presentar su caso, manteniendo la integridad del proceso de ejecución hipotecaria.

 

4. ¿Qué implicaciones tiene este fallo para los profesionales legales en derecho inmobiliario y procesal?

 

Para los profesionales legales especializados en derecho inmobiliario y procesal, el fallo del Tribunal Supremo brinda claridad y orientación en el manejo de casos de ejecución hipotecaria. Les ayuda a comprender y seguir los procedimientos legales correctos para proteger los derechos de todas las partes involucradas.

 

5. ¿Cómo protege este fallo los derechos de los deudores hipotecarios y los grupos de defensa de los derechos a la vivienda?

 

El fallo del Tribunal Supremo sirve como una salvaguardia vital para los deudores hipotecarios vulnerables y los grupos de defensa de los derechos a la vivienda. Al exigir que el desalojo se solicite dentro del proceso de ejecución hipotecaria, se garantiza que los deudores tengan la oportunidad de presentar su caso y defender sus derechos de manera adecuada, evitando desalojos injustos o sin el debido proceso legal.

 

Conclusión

 

El fallo del Tribunal Supremo sobre la adjudicación en los desahucios hipotecarios es un hito importante en la protección de los derechos de los deudores hipotecarios. Al exigir que el desalojo se solicite dentro del proceso de ejecución hipotecaria, se garantiza un proceso justo y transparente para todas las partes involucradas. Este fallo fortalece las medidas de protección establecidas para los deudores hipotecarios vulnerables y brinda claridad y orientación a los profesionales legales en derecho inmobiliario y procesal. Es un paso importante hacia la justicia y equidad en el ámbito de los desahucios hipotecarios.

¿Quiés un gran tenedor de viviendas?

¿Quiés un gran tenedor de viviendas?

La figura del gran tenedor de viviendas se refiere a una persona o entidad propietaria de un número significativo de inmuebles urbanos o una superficie construida considerable. Su definición puede variar entre la legislación estatal y autonómica, lo que ha generado discrepancias y litigiosidad. Recientemente, se ha establecido que prevalecerá la definición autonómica sobre la estatal en caso de conflicto. Esto significa que cada comunidad autónoma puede tener sus propios criterios para determinar quién es considerado gran tenedor de viviendas.

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